A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Empresa Publicas De Medellin·Respondent Universidad Nacional De Colombia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 003 Laboral del Circuito de Medellín, Antioquia, y el Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito de esa misma ciudad, ocasionado por una demanda ordinaria laboral presentada por Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en contra de la Universidad Nacional de Colombia, para que se declare la existencia de la obligación de pago por concepto de cuotas partes pensionales, que reconoció y ha venido pagando por mesadas pensionales de varios jubilados y beneficiarios y, se condene a la demandada al pago de lo debido.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que la demanda versa sobre la prestación de servicios de seguridad social; que EPM ha emitido resoluciones que reconocen pensiones y, documentos de parte de la Universidad Nacional de Colombia en los que, aparentemente, se está de acuerdo con diferentes cuotas partes pensionales y su respectivo valor y, que constan varias cuentas de cobro de las cuotas partes pensionales.
Se recuerda que EPM es una empresa industrial y comercial del Estado y, la regla general de vinculación de las personas, es de trabajadores oficiales.
Se pudo observar que las personas cuyas cuotas se reclaman, causaron aparentemente la respectiva pensión, laborando como trabajadores oficiales ante EPM.
El caso no se enmarca en alguno de los supuestos consagrados en el numeral 6° del artículo 104 del CPACA.
Ante estos supuestos, en atención a lo dispuesto en Autos 806, 853, 1097/21 y 133/25, se resuelve que la Jurisdicción Ordinaria, especialidad Laboral, es competente para resolver la demanda instaurada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 003 Laboral del Circuito de Medellín, Antioquia, y el Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito de esa misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 003 Laboral del Circuito de Medellín, Antioquia, es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en contra de la Universidad Nacional de Colombia.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6189 al Juzgado 003 Laboral del Circuito de Medellín, Antioquia, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito de esa misma ciudad.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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